¿SI HUBIERA UN REFERÉNDUM POR LAS AUTONOMÍAS VOTARÍAS PARA QUE DESAPAREZCAN O PREFERIRÍAS MANTENERLAS AUNQUE TE SUBAN MÁS LOS IMPUESTOS?

lunes, 11 de octubre de 2010

ZPARO: PAPELES PARA TODOS 2. LO DE ESTE TIO NO TIENE NOMBRE YA ¡¡¡NO HAY TRABAJO EN ESPAÑA!!! EL QUE NO TENGA PERMISO DE RESIDENCIA PARA SU CASA ¡PEDAZO DE INÚTIL!

Europa Press | Barcelona
  • El Reglamento de Inmigración 'flexibilizará' la extensión de los permisos
  • Se baja de tres a dos años el requisito para hacerlo por arraigo
   El director general de Inmigración del Ministerio de Trabajo e Inmigración del Gobierno, Markus González, ha avanzado que el Gobierno plantea renovar el permiso de residencia a inmigrantes en paro si sus parejas trabajan y cumplen, en su lugar, los requisitos económicos para permanecer en España.

   González ha avanzado que el futuro Reglamento de Inmigración "flexibilizará" la renovación de permisos para evitar la irregularidad sobrevenida por la crisis", después de que muchos inmigrantes hayan perdido su puesto de trabajo en sectores como la construcción.

ERES UN HIJODEPUTA ZPARO... a los trabajadores nos estás machacando, destrozando todo lo que se ha conseguido en 30 años de democracia, y a estos que ni siquiera son de nuestro país, "LES FLEXIBILIZAS" las cosas. ¡¡¡ERES UN GRANDÍSIMO HIJODEPUTA!!! MENOS MAL QUE TE QUEDAN DOS TELEDIARIOS.

   Por ello, el Gobierno plantea que los extranjeros en paro continúen en el país si sus parejas -marido/ esposa o incluso su pareja de hecho- trabajan y cumplen con las premisas económicas establecidas.

Se baja de tres a dos años la exigencia para renovar por arraigo


   Entre las medidas que el Gobierno estudia para "facilitar las renovaciones automáticas", también se cuentan la reforma del arraigo social para que los extranjeros en situación irregular puedan obtener un primer permiso de residencia tras probar que han pasado dos -y no tres años, como ahora- en España.

   Para obtener el arraigo social los inmigrantes deben demostrar ahora que llevan al menos tres años residiendo en el país, que no tienen antecedentes penales y que cuentan con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario cuya duración no sea inferior a un año en el momento de la solicitud.

   Además, tienen que probar vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presentar un informe que respalde su inserción social emitido por el ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual.

   Por otra parte, el director general de Inmigración ha afirmado que por ahora el Tribunal Constitucional "se ha limitado" a admitir a trámite el recurso del Defensor del Pueblo contra la Ley de Acogida catalana. "Aún no se ha pronunciado sobre si tiene o no fundamento", ha añadido, por lo que ha declinado hacer valoraciones.

   La Ley de Acogida, que el Parlament aprobó en abril, ofrecerá un certificado de integración a los inmigrantes que sigan la formación del servicio de primera acogida, que incluye 135 horas de cursos básicos de catalán.

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