Efe | Madrid
- Fija un plazo de 10 días a las partes para presentar sus alegaciones
- Cree que algunos artículos podrían afectar al 'derecho a la libertad sindical'
El Gobierno insiste en que el recorte salarial medio del 5% a los empleados públicos que incluye la Ley de Medidas Extraordinarias para la reducción del déficit público es "una medida claramente legal" pese a las dudas de su constitucionalidad que ha expresado hoy la Audiencia Nacional. Y es que la Sala de lo Social ha abierto una vía procesal para estudiar la posible inconstitucionalidad del decreto Ley.
Fuentes del Ejecutivo aseguraron que la Abogacía del Estado presentará en los próximos días ante la Sala Social de la Audiencia Nacional las alegaciones correspondientes que justificarán la reducción del salario a los funcionarios por "causas de interés público", ante la grave crisis económica y por la necesidad de reducir el déficit público.
El Ejecutivo reconoce que este recorte salarial en 2010 supone una modificación del Acuerdo para la Función Pública 2010-2012 firmado en septiembre de 2009 y que contemplaba una subida de los sueldos del 0,3% este año, así como una cláusula de revisión salarial.
Sin embargo, puntualiza que el Estatuto Básico del Empleado Público también incluye la posibilidad de que dicho acuerdo pueda revisarse ante causas de interés público, como una "crisis económica muy grande", señalaron las fuentes.
"El Gobierno piensa que es una medida claramente legal, si no el Ejecutivo no la hubiera tomado", puntualizaron, al tiempo que indicaron que el procedimiento judicial "no ha terminado y está en fase preliminar".
La Audiencia Nacional dictó una providencia en la que por "unanimidad" asegura que tiene dudas sobre la constitucionalidad del recorte a los asalariados públicos y que puede afectar "al contenido esencial" del derecho a la libertad sindical, a la negociación colectiva, y al derecho de igualdad.
La ley aprobada por el Gobierno establece la reducción salarial sobre determinadas entidades del sector público y excluye al personal laboral no directivo de empresas públicas como RENFE, ADIF y AENA, que tienen convenios colectivos.
La demanda colectiva que va dirigida, entre otros, contra el Ministerio de Economía y Hacienda, fue interpuesta por la Federación de Servicios Públicos de UGT y de la Ciudadanía de CCOO, así como por el sindicato SATNP de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). El auto final sobre la constitucionalidad del recorte sólo afectaría a los trabajadores de la FNMT.
LA AUDIENCIA NACIONAL NO LO TIENE TAN CLARO
La Audiencia Nacional duda de la constitucionalidad del recorte salarial medio del 5% a los empleados públicos aprobado por el Gobierno, según la providencia de este tribunal facilitada hoy por CCOO.
La sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha abierto así una vía procesal para estudiar la posible inconstitucionalidad del decreto Ley de 20 de mayo sobre Medidas Extraordinarias para la reducción del déficit público y que incluye la reducción salarial de las personas en régimen laboral del sector público.
De esta forma, el tribunal admite la demanda de conflicto colectivo presentado por los sindicatos UGT, CCOO y el SATNP de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) contra el Ministerio de Economía y Hacienda, la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF), y el Comité Intercentros de la FNMT.
La providencia, fechada el 30 de septiembre, establece que las partes tienen un plazo máximo improrrogable de 10 días para presentar sus alegaciones sobre esta cuestión de inconstitucionalidad.
En concreto, la Audiencia duda de la constitucionalidad de la nueva redacción de los artículos 22, 4 y 25 de la Ley, ya que podrían afectar "al contenido esencial" del derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva.
Según el abogado de CCOO Enrique Lillo, esta providencia refuerza la posición defendida por el sindicato frente al recorte salarial y en demanda de la vigencia de los convenios y acuerdos colectivos alcanzados para 2010 en las administraciones y sector públicos.
Igualmente, los magistrados de la Sala también tienen sus "dudas" sobre la posible afectación al contenido esencial del derecho de igualdad. El Alto Tribunal fundamenta estas dudas en la disposición adicional novena del decreto antidéficit sobre normas especiales para entidades del sector público, al excluirse en ella del recorte salarial al personal laboral no directivo de entes públicos empresariales como Renfe, Adif y AENA, salvo que las partes decidan su aplicación vía negociación colectiva.
La rebaja salarial de los funcionarios aprobada por el Gobierno en mayo oscila entre el 0,5% y el 7% dependiendo del nivel de ingresos del grupo profesional. Para los altos cargos, la reducción se aplicará en una horquilla de entre el 8% y el 15%.
Estas medidas comenzaron a aplicarse a partir de las nóminas de junio y hasta el mes de diciembre -sin afectar a la paga de junio, pero sí a la de septiembre-. Tras este recorte, los salarios públicos han quedado congelados en 2011.
Este recorte salarial ha provocado la presentación de varios recursos ante el Tribunal Supremo o ante la Audiencia Nacional por parte de los sindicatos, entre ellos CCOO, UGT y CSI-CSIF y el Sindicato de Profesores de Enseñanza Pública ANPE, así como diversos escritos ante la oficina del Defensor del Pueblo.
Fuentes del Ejecutivo aseguraron que la Abogacía del Estado presentará en los próximos días ante la Sala Social de la Audiencia Nacional las alegaciones correspondientes que justificarán la reducción del salario a los funcionarios por "causas de interés público", ante la grave crisis económica y por la necesidad de reducir el déficit público.
A ver si también presentáis si tenéis narices, el porqué se le baja el sueldo a los funcionarios una media del 5% mientras los políticos catalanes se suben el sueldo para la próxima legislatura un 10%.
El Ejecutivo reconoce que este recorte salarial en 2010 supone una modificación del Acuerdo para la Función Pública 2010-2012 firmado en septiembre de 2009 y que contemplaba una subida de los sueldos del 0,3% este año, así como una cláusula de revisión salarial.
Sin embargo, puntualiza que el Estatuto Básico del Empleado Público también incluye la posibilidad de que dicho acuerdo pueda revisarse ante causas de interés público, como una "crisis económica muy grande", señalaron las fuentes.
Vaya... menos mal que no es una simple desaceleración económica... ¿Y qué pasa?... ¿Esa crisis tan grande se gestó de la noche a la mañana? porque el acuerdo que firmasteis con los funcionarios era del año 2009 cuando ya había crisis. ¿O es que lo firmasteis aun a sabiendas de que era mentira y no lo ibais a cumplir con el objetivo de acallar bocas momentáneamente?
"El Gobierno piensa que es una medida claramente legal, si no el Ejecutivo no la hubiera tomado", puntualizaron, al tiempo que indicaron que el procedimiento judicial "no ha terminado y está en fase preliminar".
La Audiencia Nacional dictó una providencia en la que por "unanimidad" asegura que tiene dudas sobre la constitucionalidad del recorte a los asalariados públicos y que puede afectar "al contenido esencial" del derecho a la libertad sindical, a la negociación colectiva, y al derecho de igualdad.
La ley aprobada por el Gobierno establece la reducción salarial sobre determinadas entidades del sector público y excluye al personal laboral no directivo de empresas públicas como RENFE, ADIF y AENA, que tienen convenios colectivos.
La demanda colectiva que va dirigida, entre otros, contra el Ministerio de Economía y Hacienda, fue interpuesta por la Federación de Servicios Públicos de UGT y de la Ciudadanía de CCOO, así como por el sindicato SATNP de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). El auto final sobre la constitucionalidad del recorte sólo afectaría a los trabajadores de la FNMT.
LA AUDIENCIA NACIONAL NO LO TIENE TAN CLARO
La Audiencia Nacional duda de la constitucionalidad del recorte salarial medio del 5% a los empleados públicos aprobado por el Gobierno, según la providencia de este tribunal facilitada hoy por CCOO.
La sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha abierto así una vía procesal para estudiar la posible inconstitucionalidad del decreto Ley de 20 de mayo sobre Medidas Extraordinarias para la reducción del déficit público y que incluye la reducción salarial de las personas en régimen laboral del sector público.
De esta forma, el tribunal admite la demanda de conflicto colectivo presentado por los sindicatos UGT, CCOO y el SATNP de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) contra el Ministerio de Economía y Hacienda, la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF), y el Comité Intercentros de la FNMT.
La providencia, fechada el 30 de septiembre, establece que las partes tienen un plazo máximo improrrogable de 10 días para presentar sus alegaciones sobre esta cuestión de inconstitucionalidad.
En concreto, la Audiencia duda de la constitucionalidad de la nueva redacción de los artículos 22, 4 y 25 de la Ley, ya que podrían afectar "al contenido esencial" del derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva.
Según el abogado de CCOO Enrique Lillo, esta providencia refuerza la posición defendida por el sindicato frente al recorte salarial y en demanda de la vigencia de los convenios y acuerdos colectivos alcanzados para 2010 en las administraciones y sector públicos.
Dudas también sobre el derecho de igualdad
Igualmente, los magistrados de la Sala también tienen sus "dudas" sobre la posible afectación al contenido esencial del derecho de igualdad. El Alto Tribunal fundamenta estas dudas en la disposición adicional novena del decreto antidéficit sobre normas especiales para entidades del sector público, al excluirse en ella del recorte salarial al personal laboral no directivo de entes públicos empresariales como Renfe, Adif y AENA, salvo que las partes decidan su aplicación vía negociación colectiva.
Recorte y congelación en 2011
La rebaja salarial de los funcionarios aprobada por el Gobierno en mayo oscila entre el 0,5% y el 7% dependiendo del nivel de ingresos del grupo profesional. Para los altos cargos, la reducción se aplicará en una horquilla de entre el 8% y el 15%.
Estas medidas comenzaron a aplicarse a partir de las nóminas de junio y hasta el mes de diciembre -sin afectar a la paga de junio, pero sí a la de septiembre-. Tras este recorte, los salarios públicos han quedado congelados en 2011.
Para que luego echéis pestes de AZNAR que tuvo que lidiar con las arcas de mierda que le dejó Felipe González y tuvo que congelar los salarios... pero claro... este hace lo mismo y peor porque encima baja los sueldos, y todos dando palmas a ZPARO.
Este recorte salarial ha provocado la presentación de varios recursos ante el Tribunal Supremo o ante la Audiencia Nacional por parte de los sindicatos, entre ellos CCOO, UGT y CSI-CSIF y el Sindicato de Profesores de Enseñanza Pública ANPE, así como diversos escritos ante la oficina del Defensor del Pueblo.
Fuente: Diario EL MUNDO
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