María Peral | Madrid
El auto del juez del Tribunal Supremo Luciano Varela que inicia la fase de preparación del juicio oral contra Baltasar Garzón conllevará, de acuerdo con la ley, la suspensión cautelar del magistrado de la Audiencia Nacional en el ejercicio de la función judicial.
Ello es así porque Varela acuerda en la parte dispositiva de la resolución que "ha lugar a proceder" contra Baltasar Garzón por el presunto delito de prevaricación. La Ley Orgánica del Poder Judicial ordena que al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) suspender cautelarmente a un juez imputado cuando el Tribunal acuerde haber lugar para prodecer contra él.
Tal y como dispone el artículo 383: "La suspensión de los jueces y magistrados sólo tendrá lugar en los casos siguientes: 1º Cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones". El artículo 384 especifica que, en tal supuesto, "el juez o tribunal que conociera de la causa lo comunicará al CGPJ, quien hará efectiva la suspensión, previa audiencia del Ministerio Fiscal". Además, "la suspensión durará (...) hasta que recaiga en la causa sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento".
En la misma parte dispositiva de la resolución varela acuerda dar traslado de las diligencias al fiscal y a las partes acusadoras por un plazo de 10 días "para que soliciten, si así lo entienden procedente, la apertura del juicio oral".
El auto es recurrible ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que hasta el momento siempre ha respaldado las decisiones de Luciano Varela.
Fuente: Diario EL MUNDO
No hay comentarios:
Publicar un comentario