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miércoles, 14 de abril de 2010

CUANDO LAS BARBAS DE TU VECINO VEAS CORTAR, PON LAS TUYAS A REMOJAR: CRISTINA ALMEIDA SE QUEDA SIN PENSIÓN


Madrid - Esther L. Palomera

La Cámara Baja sólo aseguró la asistencia sanitaria de la mediática abogada de izquierdas.
 
   Cuatro años de concejala en el Ayuntamiento de Madrid tras las primeras elecciones democráticas, ocho de diputada nacional en el Congreso (1989-1993 y 1996-1999) y cuatro de senadora entre 2000 y 2003. 

   Hasta aquí la actividad pública de Cristina Almeida, conocida abogada y política de izquierdas, quien el pasado julio, tras cumplir los 65 años se llevó una desagradable sorpresa tras emprender los trámites pertinentes para el cobro de la pensión de jubilación. ¿Motivo? La Seguridad Social le comunicó que las Cortes Generales no habían cotizado por ella, más que para la cobertura sanitaria, durante los 12 años que estuvo de parlamentaria. Conclusión: no reúne, según la documentación examinada por la Dirección Provincial de Madrid de la Seguridad Social, «el periodo mínimo de cotización de 4.931 días, ni de dos años dentro de los quince inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho a pensión» que solicita. Así que ni puede cobrar de la Seguridad Social ni el Congreso puede completementarle la prestación hasta la pensión máxima a la que tienen derecho todos los diputados que hayan estado en la Cámara más de siete años, hayan cumplido los 65 y cobren la prestación social.


    Tanto los letrados como la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Cámara Baja han examinado, por indicación del presidente José Bono, los requerimientos de Almeida para que el Congreso le abone la pensión máxima de jubilación, ya que entiende que las Cortes le dieron de alta en la Seguridad Social en 1 de febrero de 1989 y la dieron de  baja en marzo del mismo año, según su versión, sin que ella lo pidiese ni nadie se lo comunicara. Ella misma admite que cotizó durante aquellos 12 años al Concierto que la Mutualidad General de la Abogacía tenía con la S.S., lo que le otorga derecho a una ayuda de 600 euros pero sólo a partir de los 69 años. Los servicios jurídicos de la Cámara alegan para denegarle la pensión que   nunca acreditó su condición de «no ejerciente en la Abogacía» mientras se dedicó a la actividad pública. Ella amenaza, según escrito remitido a Bono, con un pleito a las Cortes.

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